Si no califico para obtener asilo, ¿qué otros beneficios puedo solicitar?

Como dije en mi artículo anterior, el asilo es un beneficio discrecional. Por ejemplo, ciertos inmigrantes no pueden obtener asilo. Los inmigrantes a quienes no se les puede otorgar asilo son aquellos que:

  • estuvieron viviendo permanentemente en otro país antes de ingresar a los Estados Unidos,

  • solicitaron asilo anteriormente pero no lo obtuvieron (aplican excepciones),

  • persiguieron a otras personas debido a su raza, nacionalidad, religión, pertenencia a un grupo social particular, u opinión política,

  • tienen una condena por un delito muy grave y, por lo tanto, se les considera un peligro para las comunidades donde viven en los Estados Unidos,

  • el gobierno tiene razones para creer que el inmigrante cometió un delito grave no político antes de venir a los Estados Unidos,

  • el gobierno piensa que el inmigrante es un peligro para la seguridad de los Estados Unidos,

  • el inmigrante ha participado o ha incitado actos terroristas, u

  • ofreció apoyo material a una organización terrorista.

Al mismo tiempo que el inmigrante solicita asilo, también solicita que se detenga la deportación y protección contra la tortura (CAT). La retención de la deportación es obligatoria si el inmigrante puede demostrar que su vida o libertad probablemente estarían amenazadas en su país de origen debido a su nacionalidad, raza, religión, membresía de un grupo social u opinión política.

Si un juez de inmigración otorga la retención de la deportación a un inmigrante, técnicamente se ordena deportarlo de los Estados Unidos, pero la orden se suspende y se le permite quedarse. Además, tiene derecho a recibir un permiso de trabajo que a su vez le permite recibir un número de seguro social y contribuir. Al recibir esto, debe comprender que, si bien puede permanecer y trabajar en los Estados Unidos, no es un residente legal permanente. Además, si se le ha detenido la deportación, no puede viajar fuera de los Estados Unidos y luego simplemente volver a ingresar. La razón es que se ordena la deportación del inmigrante y esa deportación se suspende simultáneamente. Una vez que el inmigrante sale del país, el gobierno considera esa salida como una auto deportación.

A diferencia del asilo, la detención de deportación no permite al inmigrante hacer lo siguiente:

  • reclamar a otros familiares que estén en los Estados Unidos o en el extranjero,

  • la autorización de trabajo solo se otorga a la persona a quien se le detuvo la deportación, no a otros miembros de la familia que viven con el inmigrante, y

  • como se dijo antes, el inmigrante no recibirá la tarjeta verde.

Las protecciones de la Convención contra la Tortura (CAT) se derivan de las obligaciones que Estados Unidos asumió al ser parte del Artículo 3 de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas. Este tratado internacional reconocido por 170 países en todo el mundo prohíbe el retorno de las personas a cualquier país donde es probable que sean torturadas. Una definición imprecisa de tortura es el dolor o sufrimiento severo, ya sea físico o mental, que se inflige intencionalmente por o con el consentimiento o la aquiescencia de un funcionario público, o de cualquier otra persona que actúe a título oficial. A diferencia del asilo o la retención de deportación, la persona que solicita CAT no está obligada a establecer que la tortura es por motivos de raza, nacionalidad, religión, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política. Similar a la retención, una vez que el inmigrante establece que es más probable que la tortura se dé, un juez de inmigración debe permitir que el inmigrante permanezca en los Estados Unidos.

CAT provee dos formas de protección, estas son, Retención de la Deportación de acuerdo con CAT, y Aplazamiento de la Deportación. Ambos tipos de protección prohíben el regreso de cualquier persona a un país donde pueda ser torturada.

Retención de la Deportación (según CAT). Esta forma de protección solo puede terminar si el gobierno establece que el inmigrante no será torturado en el país a donde será deportado. El inmigrante beneficiario de CAT podrá solicitar un permiso de trabajo y permanecer en los Estados Unidos. Otros familiares que se encuentren en Estados Unidos no podrán permanecer en Estados Unidos ni obtener un permiso de trabajo. Así mismo, los familiares que se encuentren fuera de Estados Unidos no podrán ser reclamados por el inmigrante.

El aplazamiento de la deportación también prohíbe el regreso de inmigrantes a cualquier país donde podrían ser torturados. Los inmigrantes elegibles son aquellos con antecedentes penales o perseguidores graves. El aplazamiento de la deportación es un subsidio temporal, que se puede terminar rápidamente si Estados Unidos recibe garantías de que el inmigrante no será torturado a su regreso. Al igual que la retención de deportación (bajo CAT) solo permite que el inmigrante solicite un permiso de trabajo, otros miembros de la familia están excluidos.